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11 de diciembre 2024
TRENTON – Los investigadores de la División de Cumplimiento de Salarios y Horas del Departamento de Trabajo y Desarrollo Laboral de Nueva Jersey (NJDOL) emitieron la siguiente orden de cese de actividades el 2 de diciembre de 2024:
Empleador: Kings Grocery & Deli
Ubicación del trabajo: 1301 Adriatic Avenue, Atlantic City, NJ 08401
Tipo de Trabajo: Tienda de conveniencia/delicatessen
Categoría SWO: Aplicación General
Detalles: El 3 de diciembre de 2024, el empleador entregó personalmente un cheque en la sede del NJDOL por todos los salarios, tarifas y sanciones adeudadas, tras lo cual se levantó la orden de suspensión de actividades
Violaciones: Horas extra no pagadas; no se proporcionaron registros; publicación; obstaculización; sin registros de Licencia por Enfermedad Pagada; notificación/publicación de Licencia por Enfermedad Pagada; no clasificar adecuadamente al empleado; salarios no pagados
Evaluaciones Monetarias: Salarios $2,209.04; Honorarios $220.90; Sanciones $800
Trabajadores afectados: 1
El NJDOL ha emitido 178 órdenes de suspensión de trabajos desde que se ampliaron estos poderes en julio de 2019.
Las órdenes de suspensión de trabajo son iniciadas por el NJDOL para detener el trabajo que se realiza de una manera que explota a los trabajadores o que de otra manera no cumple con las leyes y regulaciones estatales. En los casos de cumplimiento general, se realiza una evaluación contra una empresa que se determina que infringe las leyes y regulaciones de salarios y horas. Si el empleador no impugna o no paga la evaluación dentro del período de tiempo reglamentario, se puede emitir una orden de suspensión de trabajo después de que se le entregue un aviso de siete días. La orden de suspensión de trabajo permanece vigente hasta que el empleador pague la indemnización en su totalidad.
El Departamento de Trabajo de Nueva Jersey (NJDOL) continúa monitoreando los lugares donde se han emitido órdenes de suspensión de trabajos. Los trabajadores deben recibir su salario durante el tiempo en que la orden de suspensión de trabajos esté vigente, por un período de hasta 10 días. La orden de suspensión de trabajos puede levantarse siempre y cuando se hayan pagado los salarios atrasados y las tarifas administrativas restantes y se hayan resuelto todos los problemas relacionados.
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